El escrito plantea que el tema en cuestión no reviste de las características para ser enmarcado dentro de lo cubierto por los DNU. Por lo tanto pide su nulidad por la “falta de cumplimiento de los requisitos para el dictado de un Decreto de Necesidad y Urgencia”.
Además señala que “no puede dejar de remarcarse que existe un trámite parlamentario inconcluso para el dictado de una norma semejante, como es de público conocimiento, y que su recorrido demuestra que no resultaba imposible en absoluto seguir con el mismo, restando sólo la decisión de la Cámara de Diputados de la Nación. Añádase –cuestión que tomo estado público- que fueron convocadas sesiones extraordinarias para proseguir con su tratamiento, lo que pone aún más en evidencia que no nos encontrábamos ante la imposibilidad expresada por el texto de la Constitución”.
El texto, que cayó en el Juzgado N° 63 a cargo de la Dra María Alejandra D´Agnillo, califica de falta de razonabilidad al DNU y lo cuestiona por no aportar ningún dato, ni estadística, que respalde las afirmaciones sobre la “gran cantidad de juicios laborales”. De hecho reseña un informe en el que se destaca que sólo el 16% de los accidentes laborales termina en la justicia.
También sostiene que de haber gran cantidad de accidentes laborales, esa sería una problemática que “ameritaría otro tipo de respuesta muy distinta a intentar restringir el acceso a la justicia por parte de los trabajadores”.
Por último el amparo plantea la “inconstitucionalidad de las Comisiones Médicas” definidas a través del DNU y cuestionan la arbitrariedad que generan al frustrar los derechos de los trabajadores al negarles el acceso a la justicia.
Cabe destacar que este último razonamiento podría trasladarse intacto a la norma que se está debatiendo en el Congreso por estas horas, lo que sumaría un argumento más para pensar que la Ley está condenada a la inconstitucionalidad.